SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD SEGÚN REAL DECRETO 1451/1983, DE 11 DE MAYO.
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES:
REQUISITOS DE LA EMPRESA:
Empresas que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa o parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con discapacidad como socios.
FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA:
El contrato se formalizará por escrito, en cuadruplicado ejemplar, en modelo oficial y se deberá concertar por tiempo indefinido y a jornada completa o a tiempo parcial.
Al contrato se acompañará solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de discapacidad.
El contrato de trabajo deberá ser comunicado al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.
INCENTIVOS:
Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo.
Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.
Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:
Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
. Menores de 45 años: 4.500 euros/año para hombres y 5.350 euros/año para mujeres.
. Mayores de 45 años: 5.700 euros/año para hombres y 5.700 euros/año para mujeres.
. Menores de 45 años: 5.100 euros/año para hombres y 5.950 euros/año para mujeres.
. Mayores de 45 años: 6.300 euros/año para hombres y 6.300 euros/año para mujeres.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA:
DOCUMENTACIÓN NECESARIA A APORTAR AL EXPEDIENTE:
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
3 meses a partir de la fecha de contratación.
