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Ayudas

Ayudas para la formalización de Contratos de Formación de Actividades Artesanales

  • EN LA ACTUALIDAD NO SE ENCUENTRA VIGENTE LA ORDEN REGULADORA DE ESTE TIPO DE AYUDAS.

  • A LA ESPERA DE LA PUBLICACIÓN DE NUEVA NORMATIVA.

 


 

¿ QUE PRETENDE EL PROGRAMA?

El objeto del programa es doble, por un lado crear empleo y formar a los jóvenes en sectores artesanos y manufactureros y por otro evitar que desaparezca el conocimiento de estas técnicas mediante la transmisión del aprendizaje.

¿ QUÉ ENTIDADES PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS?

Pueden solicitar estas ayudas las empresas privadas cualquiera que sea su forma jurídica y las entidades sin ánimo de lucro de derecho privado radicadas en Castilla-La Mancha que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ofrecer en el territorio de Castilla-La Mancha puestos de trabajo a jóvenes con escasa cualificación profesional y académica, en ocupaciones de carácter artesanal o de oficios, que no impliquen producción en cadena.
  • No haber agotado la duración máxima de un contrato de formación (2 años) para el mismo puesto de trabajo, en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.


¿QUIÉNES PUEDEN SER CONTRATADOS?


  • Los jóvenes desempleados mayores de 16 años y menores de 21 años, inscritos en el Sepecam, que no tengan titulación académica suficiente para la realización de un contrato en prácticas.
  • Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, inscritas como desempleadas en el Sepecam, que igualmente carezcan de titulación académica.


En ambos casos no deben haber pertenecido con anterioridad a la plantilla de la entidad que los contrata.


 


DURACIÓN DE LOS CONTRATOS.

Los contratos deberán tener una duración mínima de 6 meses y una máxima de 24 meses, prorrogables por una sola vez, siempre y cuando no se supere dicha duración máxima, para una jornada de trabajo a tiempo completo, sumando al tiempo de trabajo efectivo el dedicado a la formación teórica en la empresa.

CUANTÍA Y PAGO DE LAS AYUDAS

Hasta 3.600 euros por el primer año de contratación y hasta 1.800 euros por el segundo año de contratación. La referida cuantía se reducirá proporcionalmente a la duración del período subvencionado.

El pago de la ayuda se efectuará en el momento de la resolución de la misma. El Sepecam controlará semestralmente el mantenimiento de la relación laboral subvencionada.

PLAZOS DE SOLICITUD Y LUGAR DE PRESENTACIÓN


Las ayudas se solicitarán en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.

Las instancias se presentarán en los Servicios Provinciales del Sepecam de su provincia, cuyas direcciones y teléfonos aparecen en esta publicación.

COFINANCIACIÓN DEL FONDO SOCIAL EUROPEO.


Las ayudas previstas en este programa están cofinanciadas en un 70%, por el Fondo Social Europeo.

RELACIÓN DE OCUPACIONES DE CARÁCTER ARTESANAL O DE OFICIOS FINANCIABLES.

  • Viverismo.
  • Jardinería.
  • Agricultura ecológica.
  • Fruticultura.
  • Floricultura.
  • Ganadería de ovino, caprino y vacuno en granja.
  • Tallista (Madera/Piedra).
  • Marroquinería.
  • Guarnicionería.
  • Zapatería artesana.
  • Joyería.
  • Vidriería.
  • Forja/Cerrajería.
  • Alfarería/Ceramista.
  • Carpintería/Ebanistería (Aluminio y P.V.C.).
  • Tornería.
  • Fresaduría.
  • Fontanería/Calefacción.
  • Frigorista.
  • Escayolista.
  • Yesería.
  • Alicatar/solar.
  • Carnicería.
  • Pescadería.
  • Pastelería.
  • Panadería.
  • Sastre/modista.
  • Tonelería.
  • Tapicería.
  • Producción de instrumentos musicales
  • Taxidermia.
  • Encofrados.
  • Restauración de muebles
  • Cantería.
  • Damasquinado.
  • Grabado.
  • Mecánica, industrial y del automóvil (Automóvil, motocicletas, vehículos pesados).
  • Chapistería.
  • Pintura (Edificios, vehículos, rotulista, serigrafía).
  • Soldadura.
  • Calderería.
  • Cuchillería
  • Otras que cumplan con los requisitos de la Orden.