Usted está en:
ACTUACIÓN | ORGANISMO | |
PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS (MODALIDAD I, II, III y IV) | SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA-LA MANCHA | |
OBJETO | BENEFICIARIOS | |
Estas prácticas permiten a las empresas incorporar a sus equipos alumnos de cursos de Formación Profesional para el Empleo en periodo de Prácticas No Laborales (PNL) sin coste alguno para las mismas. Este periodo de prácticas en la empresa tiene la ventaja de formar a los alumnos en sus técnicas y procesos específicos, reduciendo así, en el caso de futura contratación, el tiempo de adaptación y los costes de selección del personal. | Empresas, públicas o privadas radicadas o con algún centro de trabajo en Castilla-La mancha | |
FUNCIONAMIENTO | ||
Se establecerá un acuerdo de colaboración entre la entidad de formación y la empresa, que deberá describir el contenido de las prácticas, su duración, lugar de realización y horario, y el sistema de tutorías para su seguimiento y evaluación. Este acuerdo, junto con la relación de alumnos participantes, será puesto en conocimiento de los representantes legales de los trabajadores de la empresa antes del comienzo de las prácticas. Diez días antes del inicio de las prácticas se presentarán cuatro originales del acuerdo firmado en el Servicio Provincial del Sepecam que corresponda. La entidad de formación cumplimentará un plan de prácticas donde se reflejarán las actividades realizadas por el alumno, los conocimientos y las destrezas adquiridas. A la finalización de las prácticas se entregará al alumno un certificado de la realización de las prácticas, correctamente cumplimentado y con la firma y sello de la empresa, del centro de formación y del Sepecam. La entidad de formación contará, durante su desarrollo, con un tutor que deberá orientar y guiar el óptimo desempeño del alumno y que elaborará los instrumentos y definirá los criterios necesarios para el seguimiento y la evaluación de las prácticas. Además la empresa designará otro tutor, que será la persona responsable del seguimiento y evaluación de las prácticas. | ||
CARACTERÍSTICAS | ||
Las prácticas podrán realizarse simultáneamente a la realización de la acción formativa, una vez transcurrido al menos el 40% del total de la misma, o bien una vez finalizada cuando se haya superado con evaluación positiva. Con carácter general, las prácticas tendrán una duración mínima de 100 horas y no podrán superar una jornada de 8 horas sumando las horas de curso y las horas de prácticas no laborales. | ||
CUANTÍA | ||
Las empresas podrán recibir hasta un máximo de cuatro euros por alumno y hora de asistencia de prácticas para compensar la realización de las mismas. En dicha compensación se incluye el coste de la suscripción de una póliza colectiva de accidentes de trabajo. La compensación por la realización de las prácticas se solicitará a través de las entidades de formación beneficiarias de la subvención y su percepción estará sujeta a la realización del programa formativo que acordará con la entidad de formación. | ||
NORMATIVA | OBSERVACIONES | |
- Para poder acceder a la subvención, las horas de prácticas no podrán suponer menos de tres horas diarias, salvo causas excepcionales apreciadas por la Dirección General de Formación. - Las empresas interesadas podrán enviar al solicitud al Sepecam que se encargará de remitírsela a los centros interesados.
PROGRAMA COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO | ||