Podrán solicitar autorización de agencia de colocación las personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que pretendan desarrollar su actividad en centros radicados únicamente en el territorio de Castilla-La Mancha
Las solicitudes se formalizarán en el modelo de impreso normalizado en formato electrónico, disponible en esta misma página, dirigido al Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, y podrán presentarse por medios telemáticos a través de la Web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (preferentemente en el Registro de los Servicios Centrales del SEPECAM. Avda. de Irlanda, 14, 45071-TOLEDO).
Presentada la solicitud, la autoridad competente del SEPECAM dictará resolución concediendo o denegando la autorización en el plazo máximo de tres meses. El transcurso del plazo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, supondrá la estimación de la solicitud por silencio administrativo.