Logo Sepecam

SEPECAM - SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA LA MANCHA

Cabecera

Contenido principal

Formulario de búqueda en el sitio web

Ruta actual

Usted está en: 

Columna derecha

Otras Entidades

MEnú lateral

Contenido central

Zona para AEDL,S

Pinchando la imagen podras entrar en la Red de Desarrollo Local

Entidades Locales

Ayudas

Ayudas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local

Información General

 

¿Cuál es el objeto de esta subvención?

 

Incentivar a las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha o las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, para el apoyo a la puesta en marcha de proyectos de desarrollo local a través de la financiación parcial de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. La subvención será por una anualidad, pudiendo prorrogarse en caso de que la entidad beneficiaria acredite el cumplimiento de los objetivos previstos y la necesidad de continuar con la acción.

 

 

¿Qué función desempeñan los AEDL?

 

Los AEDL son titulados universitarios seleccionados mediante un procedimiento objetivo por las entidades beneficiarias, para desempeñar las funciones siguientes relacionadas con el desarrollo local y la generación de empleo en su ámbito respectivo:

 

Prospección de recursos, iniciativas empresariales y oportunidades.

Acompañamiento técnico a los emprendedores.

Captación de ofertas de empleo.

Difusión de los programas del Sepecam.

 

Los AEDL dispondrán de una red coordinada por el Sepecam, que incluirá una herramienta informática, como canal de comunicación, intercambio de experiencias y buenas prácticas, difusión de estudios e informes, formación y presentación telemática de documentos.

 

 

¿Cuándo se solicita la subvención y se contrata al AEDL?

 

La convocatoria de ayudas para la contratación de nuevos AEDL se efectúa mediante Resolución de la Dirección General de Empleo del Sepecam, y se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. En este portal se informará sobre los plazos para solicitar las ayudas y formalizar las nuevas contrataciones.

 

Las prórrogas de estas subvenciones deben solicitarse con una antelación mínima de 30 días a la finalización del periodo precedente.  

 

 

¿Qué criterios se emplean para valorar y conceder los nuevos AEDL?

 

Se valorarán conjuntamente todas las solicitudes presentadas, seleccionando las mejores de acuerdo con criterios objetivos como la viabilidad técnica, la población, índice de desempleo, oportunidades de iniciativa empresarial y generación de empleo, etc.

 

 

¿Qué gastos cubre la subvención y por qué cuantía?

 

La subvención cubre los gastos salariales y de Seguridad Social de la persona titulada contratada como Agente.

Se subvencionará en un porcentaje máximo del 80% de los gastos anuales. Este porcentaje irá disminuyendo en caso de prorrogarse la acción hasta un mínimo del 50% de los gastos.

 

 

¿Cómo y cuándo se pagan las ayudas?

 

El Sepecam anticipará el 100% de la subvención concedida, la cual se abonará en dos momentos: el 50% cuando la entidad aporte la documentación inicial (acta de selección, contrato, etc.), y el otro 50% dos meses después.

 

¿Cuál es la norma que regula esta ayuda?

 

La Orden de la Consejería de Trabajo y Empleo de 26 de agosto de 2009 (DOCM de 1 de septiembre).

 

 

Normativa

Solicitud y demás anexos

Lista Vigente de Agentes de Empleo y Desarrollo Local 2010

Para acceder al Listado de Agentes de Empleo y Desarrollo Local de cada una de las Provincias: